viernes, 23 de enero de 2015

Pymes y autónomos podrán anular los seguros vinculados al crédito de entidades

La enmienda presentada por Adecose al Proyecto de Ley de fomento de la financiación empresarial ha sido aprobada por la Comisión de Economía y Competitividad del Congreso de los Diputados. Establece que las entidades financieras tendrán la obligación de informar a Pymes y autónomos, con un mínimo de 3 meses y en formato estandarizado, sobre su historial crediticio de los últimos 5 años cuando decidan cancelar o reducir en un 35% o más el flujo de financiación que hayan venido concediéndolas. La enmienda de Adecose incorpora la obligación de informar también de los “contratos de seguros vinculados al flujo de financiación. 

A estos efectos se considerarán seguros asociados los contratos dentro del plazo de 6 meses anteriores o posteriores a la contratación inicial del préstamo o crédito o de cualquiera de sus prórrogas”.

Con esta información, la pequeña y mediana empresa dispondrá de tiempo suficiente para ajustar su economía. De igual modo “podrán decidir si resuelven aquellos contratos de seguros asociados” al crédito una vez que se produzca la reducción o cancelación del crédito. 

Ahora el proyecto será remitido al Senado para su tramitación en la Cámara Alta. La asociación quiere resaltar que forma parte de una enmienda transaccional entre PP y PSOE -aprobada por 38 votos a favor y 2 abstenciones- que muestra el consenso parlamentario que ha existido. CiU también había presentado la enmienda de Adecose.

viernes, 12 de diciembre de 2014

Mutualidad de la Abogacía, pionera en el lanzamiento de los nuevos Planes Ahorro 5

Mutualidad de la Abogacía es pionera en el lanzamiento del nuevo producto SIALP (en el caso de las aseguradoras, y CIALP para las entidades de crédito), el Plan de Ahorro 5. La entidad se adelanta así al inicio de la comercialización desde el 1 de enero con un producto cuya principal característica es que los rendimientos de capital mobiliario generados están exentos de tributación al cumplir determinados requisitos, entre ellos, una duración mínima del plan de 5 años.

“Con este lanzamiento la Mutualidad pretende que sus mutualistas puedan empezar a ahorrarse impuestos desde el primer día, dándoles la opción de poder realizar la solicitud de suscripción al Plan de ahorro 5 desde su puesta en marcha y con efectos de 1 de enero próximo”, detalla.

Resalta que el Plan de Ahorro 5 lanzado mantiene la misma rentabilidad que el Plan Universal de la Abogacía, que en los últimos 10 años ha tenido una rentabilidad media 5,55%. Añade que “la gran estabilidad de su rentabilidad tiene su base, principalmente, en que las inversiones mobiliarias de sus fondos están hechas con criterios de prudencia a largo plazo y que los gastos sobre el ahorro gestionado, serán del 0,28% en este ejercicio 2014, estando muy por debajo del de otras entidades aseguradoras e instrumentos de previsión”. 

Mutualidad de la Abogacía afirma por último con la oferta del nuevo sistema de ahorro espera disponer de un producto de gran competitividad en el mercado.

miércoles, 26 de noviembre de 2014

La reforma fiscal 2015. Legal. (Relación con productos de ahorro)

La reforma fiscal ha concluido su trámite parlamentario con la aprobación en el Congreso de las enmiendas incorporadas en el Senado y entrará en vigor en enero. Su objetivo, según el Gobierno, es impulsar el crecimiento económico, la creación de empleo y la competitividad empresarial. La reforma tributaria supondrá, en el caso del IRPF, una rebaja de la carga fiscal. Pero entre las novedades más conocidas se incluye una rebaja de la tributación del ahorro, introduciendo progresividad en el tramo superior. El Ejecutivo detalla que la nueva tarifa consta de tres tramos: en el primero, hasta 6.000 euros, la tributación baja del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016; desde 6.000 hasta 50.000 euros, baja hasta el 22% en 2015 y al 21% en 2016; y a partir de 50.000 euros, se situará en el 24% en 2015, y en el 23%, en 2016.

Se crean los nuevos Planes Ahorro 5, que podrán adoptar la forma de cuenta de ahorro o seguro; tendrán que garantizar un retorno mínimo al ahorrador del 85% de su inversión y los rendimientos disfrutarán de exención si la inversión se mantiene un mínimo de 5 años. Como novedad, una enmienda al proyecto en el Senado introduce la posibilidad de su movilización entre seguros y depósitos sin perder el beneficio fiscal, como ocurre con los traspasos entre fondos de inversión.


Planes de Pensiones: se mantiene su régimen fiscal, aunque se fija una única aportación máxima de 8.000 euros por año. Podrán realizarse rescates transcurridos 10 años. En cuanto a los PIAS, se reduce de
10 a 5 años el plazo mínimo de permanencia.
Por otro lado, el Gobierno explica que “para no perjudicar los procesos de capitalización de las empresas, en el marco de las políticas emprendidas para eliminar los incentivos existentes a su excesivo endeudamiento, otra enmienda aprobada en el Senado aplaza la aplicación del nuevo tratamiento fiscal de la renta derivada de la enajenación de derechos de suscripción de entidades cotizadas, que supone su tributación en el momento de la venta y sujeción a retención fiscal, hasta el 1 de enero de 2017”.